El jefe de Gobierno porteño había anunciado su deseo de ir pronto a juicio oral, pero sus abogados encontraron un resquicio, basado en jurisprudencia del caso de venta de armas a Ecuador y Croacia, y Macri decidió probar suerte en Casación para evitarlo.
El pez por la boca muere. Después de haber anunciado con bombos y platillos su deseo de ir rápido a juicio oral para llegar a la verdad en la causa por el espionaje telefónico donde está procesado, el jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Mauricio Macri presentó hoy una apelación a la Cámara Nacional de Casación.
Se trata del máximo tribunal penal del país y precisamente, el último recurso para evitar sentarse -más tarde que temprano, según los tiempos judiciales argentinos- en el banquillo de los acusados.
A las 12.30 su defensa depositó el impreso en la mesa de entradas de la sala I de la Cámara Federal porteña, la misma que confirmó el procesamiento dictado por el juez federal Norberto Oyarbide y a cuyos integrantes Macri dedicó acusaciones y epítetos varios.
Ahora serán ellos, Eduardo Freiler, Eduardo Farah y Jorge Ballestero, quienes resolverán en diez días si conceden el recurso o le cierran la puerta de la apelación. Ante una negativa, sólo quedará ir “en queja” directo a la sala III de Casación.
Pero más allá de que los camaristas federales concedan o no el recurso, es difícil que Casación lo acepte: suele rechazar por¨”inadmisibles” apelaciones de procesamientos por no ser sentencias definitivas o causantes de un gravamen imposible de reparar en un futuro juicio oral.
En este caso, la defensa de Macri apeló a la “gravedad institucional” por tratarse de un Jefe de Gobierno.
Pero, ¿cuáles fueron las entrelíneas judiciales que llevaron a Macri a reveer sigilosamente su anuncio de renunciar a la instancia de apelación, aún a riesgo del papelón de exponerse a cualquier archivo periodístico?
La génesis está en el fallo donde el 2 de agosto pasado, Casación confirmó con votos divididos el procesamiento y prisión preventiva del ex jefe de la Policía Metropolitana Jorge Palacios en la misma causa. Toda una luz en el camino.
En esa resolución la camarista Liliana Catucci -presidenta de Casación- votó por liberar a Palacios y revocar su procesamiento al entender que “se advierte la presencia de un vicio in procedendo en lo que se refiere a la fundamentación brindada a los fines de interpretar la figura de asociación ilícita acuñada en el artículo 210 del Código Penal”.
Y sacó un as de la manga. Aludió al fallo “Stancanelli, Nestor Edgardo y otro sobre abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público sobre incidente de apelación de Yoma, Emir Fuad”. Hasta acá todo muy técnico.
¿Qué fallo fue este? Fue firmado el 20 de noviembre de 2001, nada más ni nada menos que por la Corte Suprema de Justicia de la Nación de composición menemista, para excarcelar a Yoma en la causa por el tráfico de armas a Croacia y Ecuador. El que luego sirvió de base para conceder el mismo beneficio al ex presidente Carlos Menem.
En ese fallo, la Corte dio por tierra con el delito de “asociación ilícita” como inherente a los casos de corrupción gubernamental al sostener que no toda agrupación de tres o más personas para delinquir encuadra en esta calificación, ya que para que sea así, es necesario que el orden público se vea afectado.
Y la camarista lo acaba de invocar en la causa de Macri:”Al igual que ocurriera en dicho precedente, en el fallo recurrido las afirmaciones de los magistrados no aparecen sustentadas en la valoración de los elementos de prueba reunidos en los autos principales”.
“Pese a su aparente fundamentación la resolución recurrida sólo contiene afirmaciones genéricas y omite examinar la existencia de pluralidad de planes delictivos por parte de los miembros de la supuesta asociación ilícita, remitiéndose a las intervenciones ilegales por las cuales ya dictara procesamiento (cfr.Considerando 7º “Stancanelli” ya citada)”, agregó.
O sea, al igual que el fallo de Armas, para Catucci debería darse por tierra con el delito de asociación ilícita, el principal cargo contra Macri.
“Tal como se dijo en este último precedente ‘no es posible equiparar el dolo específico exigido en esta figura —la intención de asociarse para cometer delitos— con el que corresponde al autor de cualquier otro delito, pues de lo contrario el tipo penal perdería su autonomía. Por otra parte, que las acciones supuestamente delictivas requieran un ‘prolijo engranaje’, la participación de ‘múltiples autores’ y que algunos de ellos hubiesen tenido entre sí presumibles vínculos, no constituye indicio —aun en este estado de la investigación— para tener por acreditado el concurso de voluntades decididas a llevar a cabo delitos, tal como lo exige la figura en cuestión, sino un posibleacuerdo transitorio; de otro modo se estarían soslayando las normas que regulan la participación criminal y el concurso de delitos’.”
Un voto minoritario en el caso Palacios. Pero, ¿será igual con Macri?
Y la duda está a la hora de ver los restantes votos.
El camarista Eduardo Riggi votó por dejar preso a Palacios por el momento pero anticipó estar de acuerdo con Catucci, al menos si no se suman nuevas evidencias a la pesquisa.
“A esta altura de la investigación parecerían atinadas las consideraciones efectuadas por la doctora Catucci en su voto”, sostuvo sobre la asociación ilícita.
La tercera integrante, Angela Ledesma, también votó por dejar preso a Palacios pero de la asociación ilícita no dijo nada, ni a favor ni en contra.